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No se pueden realizar fuegos, ni quemas al aire libre hay riesgo alto de incendios. Emergencia 9 1 1

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No se pueden realizar fuegos, ni quemas al aire libre, según lo establece el decreto 436/07, ya que el riesgo es alto y pueden causar incendios

Emergencias 9 1 1

No se pueden realizar fuegos

No realices quemas al aire libre de residuos, ni restos de vegetación

No fogatas cerca de la ruta ,ni en campos ,ni caminos ,ni basureros.

Si realizan fuego en parrilleros, churrasqueras o similares tener precaución con brasas que caigan fuera y verificar que estén completamente apagadas al terminar o retirarse del lugar.

Al realizar limpiezas de patios o campos no queme residuos de vegetación, llame a su comuna para su retiro.

Un pequeño descuido puede causar un gran incendio.

​Este verano, manejá el fuego con precaución.

Procurá mantener el césped corto.

Recordá que está prohibido quemar hojarasca o pastizales, antes de salir, asegurate de desconectar los aparatos eléctricos y cerrar la llave de gas.

Decreto N° 436/007PLAN GENERAL DE ACCION PARA LA PREVENCION ALERTA Y RESPUESTA A LOS INCENDIOS FORESTALES

Documento Actualizado

Promulgación: 19/11/2007
Publicación: 29/11/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1186

Referencias a toda la norma

VISTO: La propuesta de la Dirección Técnica y Operativa Permanente del
Sistema Nacional de Emergencias para actualizar el "Plan general de Acción
para la Prevención, Alerta y Respuesta a los Incendios Forestales" y su
entrada en vigencia;

RESULTANDO: I) que se integró un grupo de trabajo con representantes de la
Dirección Técnica y Operativa Permanente del Sistema Nacional de
Emergencias y de la Dirección Nacional de Bomberos del Ministerio del
Interior, el cual elaboró por consenso un "Plan de Acción";

II) que los objetivos del referido Plan son: prevenir la aparición de
focos ígneos, alertar rápidamente en caso de que se produzcan y responder
con eficacia para evitar que estos focos se transformen en Incendios
Forestales de magnitud;

CONSIDERANDO: que el referido Plan, deberá estar coordinado desde la
Dirección Técnica y Operativa Permanente y debidamente articulado en el
marco del Sistema Nacional de Emergencias, quedando la conducción
operativa a cargo de la Dirección Nacional de Bomberos;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en los Decretos
103/995 de 24 de febrero de 1995 y su modificativo Decreto 371/995 de 2 de
octubre de 1995;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Apruébase y póngase en ejecución el "Plan general de acción para la
prevención, alerta y respuesta a los incendios forestales", que se adjunta
como Anexo y forma parte del presente Decreto. (*)
(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

Artículo 2

   A partir de 1° de noviembre de cada año y hasta el 30 de abril del siguiente año queda prohibida la realización de fuegos y quemas de cualquier tipo al aire libre en todo el territorio Nacional. Se exceptúan de esta prohibición las que se realicen en zona urbana y que no revistan riesgo alguno de propagación.
   Este período podrá ampliarse, en su inicio o al final, mediante Resolución del Poder Ejecutivo, a propuesta fundada de la Mesa de Análisis de Incendios Forestales y Quemas a Cielo Abierto de acuerdo a lo previsto en el Decreto N° 159/022 de 23 de mayo de 2022, a la que se dará amplia difusión por diversos medios de comunicación. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 356/023 de 10/11/2023 artículo 1.
Redacción dada anteriormente por:
      Decreto Nº 281/021 de 27/08/2021 artículo 1,
      Decreto Nº 302/020 de 12/11/2020 artículo 1.
Ver en esta norma, artículo: 5.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 281/021 de 27/08/2021 artículo 1, Decreto Nº 302/020 de 12/11/2020 artículo 1, Decreto Nº 436/007 de 19/11/2007 artículo 2.

Artículo 3

 Quedan exceptuados de esta medida: a) Fuegos para cocción de alimentos
en churrasqueras, parrilleros o similares, los que deberán ser utilizados
con el correspondiente matachispas.
b) Fuegos para cocción de alimentos en Campings organizados, Colonias de
Vacaciones, Clubes, etc., en los lugares específicamente destinados al
efecto, ajustándose a las disposiciones aplicables a cada caso (Dec.
111/89 de 14/3/89).
c) Fuegos para cocción de alimentos realizados con fogones a nivel del piso en campamentos, instalados en predios privados que no constituyan un camping organizado, siempre que se realicen dentro de un área circular de 5 metros de diámetro, libres de malezas, hojarascas y otros elementos combustibles, en cuyo centro se ubicará el fogón rodeado con piedras, arena o tierra. Dicho fogón deberá ser acorde, en proporción, a la cantidad de alimento en cocción. (*)
d) Las quemas destinadas a fines profilácticos se podrán realizar respetando las condiciones establecidas en los literales anteriores, debiendo previamente comunicarse al servicio de Emergencia del Ministerio del Interior número 911, las tareas a realizar. (*)
    En todos los casos mencionados en los literales precedentes el fuego estará permanentemente vigilado y antes de abandonar el lugar será extinguido completamente debiendo verificarse adecuadamente que así sea. (*)
(*)Notas:
Literal c) redacción dada por: Decreto Nº 356/023 de 10/11/2023 artículo 
2.
Literal d) redacción dada por: Decreto Nº 356/023 de 10/11/2023 artículo 
3.
Inciso 2º) agregado/s por: Decreto Nº 356/023 de 10/11/2023 artículo 3.
Literal d) anteriormente agregado/s por: Decreto Nº 356/010 de 01/12/2010 
artículo 2.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 356/010 de 01/12/2010 artículo 2, Decreto Nº 436/007 de 19/11/2007 artículo 3.

Artículo 4

 Las autoridades públicas y la población en general tendrán en cuenta el
INDICE DE RIESGO DE INCENDIO FORESTAL para la programación y realización
de cualquier actividad que directa o indirectamente implique riesgo de
incendio.
Dicho dato (I.R.I.F.) será establecido a diario por la Dirección Nacional
de Meteorología.

Artículo 5

   Los responsables a cualquier título de áreas arboladas deberán mantener limpios y vigilados sus predios en lo que se refiere a prevención de incendio.
   Las fajas de seguridad perimetrales e internas deberán mantenerse con vegetación controlada baja, preferentemente que no supere los 10 centímetros de altura, en aquellas plantaciones cercanas a centros poblados, para así mantener la cobertura de suelo y evitar la propagación de incendios durante el período de prohibición de realización de fuegos y quemas al aire libre de acuerdo a lo establecido en el artículo 2°.
   Los restos de podas se depositarán en lugares apropiados para tal fin, evitando su dispersión. No se acumularán en predios baldíos de padrones urbanos y suburbanos. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 356/023 de 10/11/2023 artículo 4.
Redacción dada anteriormente por: Decreto Nº 281/021 de 27/08/2021 
artículo 2.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 281/021 de 27/08/2021 artículo 2, Decreto Nº 436/007 de 19/11/2007 artículo 5.

Artículo 6

   La población extremará el cuidado en la utilización de fuegos de artificio o pirotécnicos, evitando su manipulación por menores de edad y restringiéndolo en zonas arboladas con alto riesgo de incendio y debajo del cableado eléctrico. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 356/023 de 10/11/2023 artículo 5.
Redacción dada anteriormente por: Decreto Nº 356/010 de 01/12/2010 
artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 356/010 de 01/12/2010 artículo 3, Decreto Nº 436/007 de 19/11/2007 artículo 6.

Artículo 7

   Se exhorta a la población a informar a Emergencia del Ministerio del Interior 911 de las situaciones que considere no adecuadas a las previsiones del presente Decreto. (*)
(*)Notas:
Agregado/s por: Decreto Nº 356/023 de 10/11/2023 artículo 6.

Artículo 8

   Las infracciones a estas disposiciones podrán dar lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el artículo 206 y siguientes del Código Penal, artículo 90 y siguientes del Código Rural, artículo 13 del Decreto 849/988 de 14 de diciembre de 1988, artículos 11 y 12 del Decreto 584/990 de 18 de diciembre de 1990 y artículo 15 del Decreto N° 184/018 de 26 de junio de 2018. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 356/023 de 10/11/2023 artículo 7 
(Anteriormente este art. era el art. 7 y fue renumerado por Decreto 
356/023).

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 436/007 de 19/11/2007 artículo 7.
RODOLFO NIN NOVOA - DAISY TOURNE - REINALDO GARGANO - MARIO BERGARA - AZUCENA BERRUTTI - FELIPE MICHELINI - VICTOR ROSSI - JORGE LEPRA - EDUARDO BONOMI - MARIA JULIA MUÑOZ - ERNESTO AGAZZI - MARIANO ARANA - MARINA ARISMENDI

fuente Bomberosuy e IMPO

Cronograma del fin de semana 10,11 y 12 de Enero.

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Encuentro de Ansinenses este fin de semana con una grilla màs que interesante de artistas para disfrutar el verano este fin de Semana por Ansina.

Para disfrutar la playa en familia y con un show artìstico de primer nivel , año tras año este encuentro se viene realizando en la zona del camping con una concurrencia más que interesante de pùblico no solo de Ansina sino de zonas aledañas .

PRONOSTICO PARA EL NORTE , EL SOL Y EL BUEN TIEMPO PARA ESTOS DIAS

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Para los pròximos dìas buen Tiempò segùn el pronòstico de Inumet

Jueves 09

13 °C 31 °C

Mañana Algo nuboso y nuboso, períodos de claro. Neblinas y bancos de niebla.

Viento: NE y E 10-30 km/h.

Tarde/Noche Claro y algo nuboso.

Viento: Sector E 10-30 km/h, rachas de 40 km/h.

Viernes 10

15 °C 32 °C

Mañana Algo nuboso y nuboso, períodos de claro. Neblinas y bancos de niebla.

Viento: NE al SE 20-40 km/h.

Tarde/Noche Algo nuboso y nuboso.

Viento: SE y E 10-40 km/h, rachas de 50 km/h.

Hombre condenado por abuso sexual en Paso de los Toros

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Trabajó la Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y de Género III, Comisaría 3° y Policía Científica

El 05 de enero una mujer denunció que su hija de 22 años, quien posee discapacidad, subió a un vehículo de una persona desconocida.

 Inmediatamente, policías de Comisaría 3° se abocaron a la ubicación de dicho vehículo, siendo hallado en un complejo de viviendas de la ciudad. En el lugar fueron atendidos por un hombre de 56 años y allí se encontraba la víctima, quien fue trasladada a centro asistencial acompañada por su progenitora. 

El caso fue derivado a la Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y de Género III, tomando intervención la Justicia y la Fiscalía de turno. Se aplicaron los protocolos correspondientes ante la presunción de un posible caso de violación. 

Los investigadores bajo la dirección de Fiscalía reunieron elementos que permitieron llevar el caso ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia de 2° turno se decretó la condena de G.A.F.O. como autor penalmente responsable por la comisión de “un delito de abuso sexual especialmente agravado en calidad de autor y en grado de consumado” a la pena de cinco años de penitenciaría. Además, se condenó al pago de doce ingresos mensuales, o en su defecto doce salarios mínimos a la víctima se decrete la pérdida del ejercicio de la patria potestad, así como la inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas o privadas en el área educativa, de la salud y todas aquellas que impliquen trato directo con niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia, por un plazo de 10 diez años respecto del condenado

Hombre condenado por hurto, receptación y amenazas

Trabajaron policías de la Dirección de Investigaciones y de Comisaría 2°

 El 02 de enero se tomó conocimiento en Comisaría 2° que en esa jurisdicción un hombre habría solicitado ayuda a una mujer, y ante la negativa este se ofuscó y la amenazó. 

Policías abocadas al esclarecimiento del ilícito identificaron al sujeto de 28 años, quien llevaba consigo una mochila que intentaba ocultar, no sabiendo explicar su procedencia. Inmediatamente se acercó un ciudadano informando que había hurtado el efecto de un vehículo estacionado en Avenida Pablo Ríos, procediéndose a su detención. En el interior de la mochila había dinero y efectos personales los que fueron recuperados en su totalidad, reconocidos y entregados a su propietaria.

Es poseedor de antecedentes penales por hurto, receptación y daño y en sede policial el hombre se manifestó ser el autor del hurto. Además, venía siendo investigado por un hurto en diferentes casas de la jurisdicción donde fueron sustraídas joyas, garrafas, parlante, radio, pirotecnia, auriculares, comestibles, entre otros efectos. El 20 de diciembre arrebató un monedero con dinero, llaves y un celular a una mujer de 70 años que caminaba por calle Baltazar Brum; en este caso investigó la Dirección de Investigaciones. El 02 de enero en horas de la mañana amenazó de muerte a una mujer en Avenida Pablo Ríos. 

Cumplidas las actuaciones bajo la dirección de Fiscalía de 2° turno se presentó el caso ante la Justicia competente decretándose la condena de Maicol Rodrigo Esteves Fabeiro como autor penalmente responsable de “un delito de hurto especialmente agravados en régimen de reiteración real con un delito de hurto especialmente agravados tentado, un delito de amenazas consumado y tres delitos de receptación” a cumplir la pena de catorce (14) meses de prisión, de cumplimiento efectivo.

Hombre imputado por violencia doméstica

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Trabajó la Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y de Género

El 31 de octubre pasado un hombre de 20 años presentó denuncia por agresiones verbales y físicas contra otro hombre de 58 años, integrante del núcleo familiar.

En esa instancia, realizadas las indagatorias correspondientes la Justicia decretó la notificación a las partes de mantener una convivencia pacífica. 

El caso fue dirigido por la Fiscalía Departamental de 2º turno.

El 06 de los corrientes se recibió oficio proveniente de la Justicia especializada en Familia mediante el cual se informa que se admitió la formalización de la investigación fiscal iniciada respecto del imputado por la presunta comisión de «un delito de violencia doméstica, en calidad de autor» y como medida cautelar se dispone el arresto domiciliario nocturno entre el horario comprendido de 22:00 a 06:00 horas por un plazo de 90 días.

Formalización de la investigación por desacato

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Trabajó la Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y de Género

El 30 de noviembre del 2024 una mujer de 20 años presentó denuncia en la Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y de Género contra su expareja, hombre de 20 años, por intento de agresión física y amenazas. En este hecho la Justicia decretó prohibiciones de acercamiento y contacto.

Con anterioridad ya se habían denunciado hechos de violencia doméstica entre ambos, decretándose medidas cautelares.

El 02 de enero la víctima presentó denuncia por incumplimiento por parte de su expareja, quien concurrió a su casa y la agredió físicamente. Fue asistida constatándosele lesiones leves. En esta instancia se reiteraron las prohibiciones por parte de la Justicia y se dispuso la colocación de dispositivo de monitoreo electrónico.

Con fecha 05 se detectó evento de transgresión de la zona de exclusión, concurriendo móviles policiales al domicilio de la víctima, no ubicando al denunciado.

El 07 de enero se recibió oficio del Juzgado Letrado de Primera Instancia de 5° turno que decretó la formalización de la investigación respecto del imputado por la presunta comisión de “reiterados delitos de desacato especialmente agravados en régimen de reiteración real”, con prisión preventiva por el término de 60 días. 

El agresor es poseedor de antecedentes penales por hurto. 

Hombre condenado por rapiña

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Trabajaron Comisarías 1° y 14°

El 05 de enero se recibió denuncia en Comisaría 1° por parte de una mujer 76 de años. La denunciante manifestó que en horas del mediodía se encontraba junto a su hermano, en determinado momento se apersonó un hombre con un arma de fuego amenazándolos y exigiéndoles dinero, para luego retirarse con una cartera y un celular. 

Posteriormente policías de Comisaría 14° se encontraban en Hospital local y acudieron al llamado de auxilio, observando un hombre que corría mientras se despojaba de efectos, como ser celular y un revólver (de apariencia letal) procediendo a su detención en intersección de calles General Flores y Lorenzo Carnelli. Resultó ser el autor de la rapiña denunciada, hombre de 35 años, carente de antecedentes penales. 

Las víctimas fueron asistidas presentando lesiones leves, al igual que los funcionarios policiales quienes fueron agredidos por el sujeto al momento de la detención. 

Las investigaciones se realizaron bajo la dirección de Fiscalía de 2° turno que presentó el caso ante la Justicia Penal decretándose la condena de R.N.L.P. como autor penalmente responsable de “un delito de rapiña agravada, en grado consumado en calidad de autor” a la pena de cuatro años de prisión efectiva. 

Convocatoria para actividades en la piscina del Centro de Barrio Tomás Franchi

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Convocatoria para actividades en la piscina del Centro de Barrio Tomás Franchi

La Intendencia de Tacuarembó, a través de la Junta Local de Batoví-Bonilla, invita a niños y jóvenes de las localidades de Cerro Batoví, Sauce de Batoví y Bonilla a participar en actividades en la piscina del Centro de Barrio Tomás Franchi “El Molino”.

La propuesta está dirigida a niños y adolescentes de entre 6 y 17 años, quienes podrán disfrutar de clases y actividades los días lunes, miércoles y viernes, de 10 a 11 de la mañana.

Para facilitar la participación, la Intendencia dispondrá de un servicio de transporte gratuito para el traslado de los interesados desde sus localidades hasta el lugar.

Inscripciones y requisitos

Quienes deseen participar deben inscribirse en la oficina de la Junta Local, en el horario de 07.30 a 13, o comunicarse al teléfono 091 214 631.

Al momento de la inscripción, deberán presentar:

-Cédula de identidad vigente del menor y del mayor responsable.

-Carné de aptitud física del participante.

La Intendencia de Tacuarembó, a través de la Junta Local de Batoví-Bonilla, invita a niños y jóvenes de las localidades de Cerro Batoví, Sauce de Batoví y Bonilla a participar en actividades en la piscina del Centro de Barrio Tomás Franchi “El Molino”.

La propuesta está dirigida a niños y adolescentes de entre 6 y 17 años, quienes podrán disfrutar de clases y actividades los días lunes, miércoles y viernes, de 10 a 11 de la mañana.

Para facilitar la participación, la Intendencia dispondrá de un servicio de transporte gratuito para el traslado de los interesados desde sus localidades hasta el lugar.

Inscripciones y requisitos

Quienes deseen participar deben inscribirse en la oficina de la Junta Local, en el horario de 07.30 a 13, o comunicarse al teléfono 091 214 631.

Al momento de la inscripción, deberán presentar:

-Cédula de identidad vigente del menor y del mayor responsable.

-Carné de aptitud física del participante.

Reino Unido comienza a exigir autorización electrónica a uruguayos para visitas.

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Los turistas que no necesitan visado para visitar el Reino Unido deberán obtener una autorización electrónica de viaje (ETA, por sus siglas en inglés) del Estado británico para poder entrar al país desde que comenzó el año, indicó el gobierno de ese país.

Uruguay forma parte de la lista de países que debe tramitar esta autorización. En el caso de este país, el documento será necesario para quienes deseen visitar el Reino Unido a partir de este miércoles 8 de enero.

Los ciudadanos uruguayos pueden aplicar al proceso de obtención de la ETA desde el pasado miércoles 27.

De esta manera, la Embajada británica en Uruguay recordó en qué consiste el documento y cómo tramitarlo.

“Es un nuevo permiso digital que agiliza los viajes cortos al Reino Unido y se puede solicitar en tan solo 10 minutos”, comunicó la sede diplomática, y enfatizó en que el documento es obligatorio.

Se tramita a través de la aplicación  UK ETA disponible en la App Store o Google Play (de esta manera el proceso es más rápido), pero también es posible hacerla en línea, en este enlace.

El documento tiene una duración de dos años, por lo que una persona puede entrar al Reino Unido todas las veces que quiera en ese lapso. No obstante, si la persona renueva su pasaporte, deberá tramitar nuevamente la ETA.

Tiene un costo de 10 libras esterlinas.

https://t.co/Y46BORCTqy

En este 2025, 500 uruguayos podrán vivir en Inglaterra gracias al acuerdo con Uruguay que permite viajar y trabajar por 2 años. ¡Y 500 británicos podrán venir a vivir

Guitarras que hicieron historia en el rock

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Cada instrumento no es sólo un objeto musical, sino también un pedazo de la historia del rock y de la cultura musical. Echemos un vistazo a algunas de las guitarras y artistas más legendarios de la lista de Rolling Stone.

1. Blackie de Eric Clapton©Depositphotos

Una Fender Stratocaster de los años 50, adquirida por Clapton en los años 70, se convirtió en una de sus guitarras más famosas. Su venta en subasta en 1985 batió un récord para la época, y la recaudación se destinó al Crossroads Center, el centro de rehabilitación fundado por el guitarrista.

2. Old Black de Neil Young©Instagram / @woodguitars

La Gibson Les Paul Goldtop de Neil Young se hizo famosa por su sonido crudo y potente, utilizado en algunas de sus canciones más famosas. Un auténtico instrumento ‘grunge’ de los años 70.

3. La Fender Esquire de Bruce Springsteen©Instagram / @springsteen

A menudo se ha asociado a Springsteen con esta guitarra, que se ha convertido en un símbolo de su estilo. Es la guitarra que Bruce Springsteen lleva al hombro en la portada del emblemático álbum «Born to Run», de 1975.

4. Trigger de Willie Nelson©IMAGO / ZUMA Wre

Willie Nelson tocó con esta guitarra durante más de 40 años. Es una guitarra acústica con cuerdas de nylon Martin N-20 que fue bautizada como Trigger en honor al caballo de Roy Rogers. Con el tiempo la guitarra se ha desgastado hasta el punto de tener un agujero en la funda.

5. Cloud de Prince©Instagram / @prince

Hecha famosa por la película «Purple Rain», la guitarra curva de Prince fue diseñada por un constructor de Minneapolis y fabricada por la marca Schecter. Es uno de los iconos visuales y sonoros de su inimitable estilo.

6. La Gibson EDS-1275 de Jimmy Page©IMAGO

Es la inolvidable guitarra de «Stairway to Heaven». La Gibson de doble mástil -12 cuerdas arriba, 6 abajo- del guitarrista de Led Zeppelin ha dado lugar a muchas imitaciones, y es otro instrumento icónico del rock.

7. La Rickenbacker a 12 cuerdas de George Harrison©Instagram / @rubbersoph

También se sabe que el guitarrista de los Beatles utilizaba una Gretsch, pero su guitarra más emblemática fue probablemente la Rickenbacker de 12 cuerdas de 1963. El propietario de la empresa fabricante se la había regalado al grupo durante su primera gira americana y Harrison se enamoró inmediatamente de ella. Con esta guitarra, Harrison definió el sonido distintivo de los Beatles durante su periodo de mayor innovación musical.

8. El bajo Hofner de Paul McCartney©Reuters

El bajista de los Beatles conoció por primera vez el bajo con forma de violín que se convertiría en su marca de fábrica en sus conciertos de Hamburgo. McCartney dijo que le gustaba la simetría de ese bajo en particular, que hacía que tocar con la mano izquierda pareciera «menos incómodo».

9. Lucille de B.B. King©Instagram / @bbkingofficial

Tras rescatar su guitarra Gibson de 30 dólares de un incendio en un salón de baile de Arkansas en 1949, parece ser que la leyenda del blues descubrió que las llamas se habían originado tras una pelea entre dos hombres por una mujer llamada Lucille. Desde entonces, todas sus guitarras llevan su nombre. En 1980, Gibson empezó a producir un modelo llamado Lucille en su honor.

10. La Gibson de Les Paul©Instagram / @lespaulofficial

Les Paul es el famoso creador de la Gibson que lleva su nombre, una guitarra que se convirtió en un elemento básico del rock & roll durante décadas. La guitarra se basaba en un invento de Paul conocido como «el tronco», porque las cuerdas y la electrónica pasaban todas por una pieza central de madera.

11. La Stratocaster de Stevie Ray Vaughan©Instagram / @lordrarerock

Vaughan llamaba a su guitarra favorita Number One. También conocida como su «primera esposa», la guitarra era una Fender Stratocaster de 1963 con mástil de 1962, desgastado por años de actuaciones en escenarios.

12. La Frankenstrat de Eddie Van Halen©Instagram / @classicrockofagesandblues

El guitarrista de Van Halen creó su icónica guitarra combinando el sonido de una Gibson con la estética de una Fender. La guitarra, que revolucionó el mundo del rock con su diseño personalizado y su inconfundible sonido, es conocida por estar pintada al estilo Pollock, con rayas rojas, blancas y negras.

13. Tiger de Jerry Garcia©Instagram / @friendsof.thedevil

El líder de Grateful Dead ha utilizado su guitarra favorita durante más de 10 años, desde 1979. Construida por el artesano del condado de Sonoma Doug Irwin, esta guitarra ensamblaba varias capas de madera laminada. Después de Tiger vino Rosebud, pero el día de su último concierto, García volvió a utilizar esta primera.

14. La Flying V de Lonnie Mack©Instagram / @marcbernardmusic

La primera Gibson de Lonnie Mack, una Flying V de 1958, fue sin duda su guitarra de referencia y marcó la evolución de los solos eléctricos. Mack, de ascendencia nativa americana, decía que le gustaba esa guitarra por su forma de flecha.

15. La Les Paul n. 5 de Pete Townshend©Instagram / @rockrollstars

Durante años, el guitarrista de The Who utilizó toda una serie de Les Pauls modificadas, indicándolas con los números del 1 al 9. La más famosa es probablemente la número 5, que también aparece en la película «The Kids Are Alright».

16. La Stratocaster de Jimi Hendrix quemada en Monterey©Instagram / @acidages

La colorida Stratocaster que tocó Jimi en Monterey es famosa por su corta vida: al final del concierto Hendrix le prendió fuego en un gesto teatral que ha pasado a la historia del rock.

17. La Jackson de Randy Rhoads©Instagram / @officialjacksonguitars

Otro instrumento que definió el sonido metal de los 80, se convirtió en un símbolo del virtuosismo de Randy Rhoads. Esta guitarra eléctrica hizo la fortuna y la reputación de Jackson. Se convirtió en la guitarra favorita de muchos músicos, entre ellos Kirk Hammett de Metallica.

18. Micawber de Keith Richards©Instagram / @fender

Es la guitarra que acompañó a Keith Richards y a los Rolling Stones en tantas actuaciones. Con su inconfundible aspecto, Micawber, una Fender Telecaster de los años 50 a la que se le ha quitado la sexta cuerda, recibe su nombre de un personaje del libro de Dickens «David Copperfield».

19. La «caja de cigarrillos» de Bo Diddley©Instagram / @rockstarsandguitars

A Bo Diddley le encantaban las guitarras hechas a mano con cajas de puros, una antigua tradición popular que dio a sus instrumentos su famosa forma rectangular. Este instrumento, que no era una simple guitarra, sino una auténtica declaración de intenciones artísticas, influyó en toda la música rock y blues posterior.

20. Jag-Stang de Kurt Cobain©Instagram / @kurtcobain_dailys

Un cruce entre la Fender Jaguar y la Mustang, un diseño nacido de la mente creativa de Cobain y convertido en símbolo del grunge. Fender empezó a producir la guitarra tras la muerte de Cobain, y Courtney Love regaló el prototipo utilizado por su exmarido a Peter Buck de R.E.M.