Hombre condenado por delitos de receptación y hurto cumplirá prisión efectiva
- Policías de la Dirección de Investigaciones lograron aclarar delitos contra la propiedad.
El resultado de la condena fue a consecuencia de 2 hechos delictivos ocurridos en jurisdicción de Comisaría 1.º, registrados los días 23 de abril y 3 de mayo del presente año.
El sujeto de 26 años, poseedor de antecedentes penales por delitos de hurto, no sería ajeno a los hurtos de una moto que se encontraba estacionada en calle Gral. Artigas y del interior de un comercio ubicado en calle Gral. Rivera, desde donde sustrajo comestibles, refrescos, celular y dinero en efectivo.
Tras tareas de análisis de indicios y evidencias, se logró probar la presunta responsabilidad del hombre, quien previa orden de detención, fue detenido en las últimas horas y puesto a disposición de Fiscalía Letrada de 1.° turno.
Celebrada audiencia ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Tacuarembó de 5.º turno se dispuso la condena de Charly Manuel Pérez Rivero como autor penalmente responsable de «un delito de receptación especialmente agravada, en régimen de reiteración real, con un delito de hurto», a la pena de 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo.
Destacado trabajo de Dirección de Investigaciones finaliza con condena
- Un hombre de 25 años fue condenado por reiterados delitos de fraude informático. El perjuicio a las víctima asciende a aproximadamente $70.000.
Tras recibir varias denuncias similares en la Dirección de Investigaciones, los efectivos se abocaron al esclarecimiento de los hechos.
Según los relatos de las víctimas, habrían concurrido a retirar dinero en un cajero automático ubicado en el centro de la ciudad, olvidando su tarjeta, la que momentos más tarde, era utilizada por desconocidos en comercios de la zona.
Los hechos denunciados datan del 9 de agosto de 2025 hasta el pasado 25 de abril de 2026. En ese lapso de tiempo, fueron 7 las víctimas de la maniobra fraudulenta, perpetrada por un hombre de 25 años con antecedentes penales por hurto.
En total, el hoy condenado utilizó aproximadamente $70.000 del dinero de las víctimas.
De las actuaciones fue puesta en conocimiento Fiscalía Letrada de 1.º turno.
Cumplidas las instancias previas, el caso fue elevado el caso ante la Justicia competente.
Celebrada audiencia ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia de 1.º turno de Tacuarembó, se dispuso condenar a Lucas Agustín Rodríguez De Castro como autor penalmente responsable de “reiterados delitos de cosa habida por error o caso fortuito en régimen de reiteración real con reiterados delitos de fraude informático” a cumplir la pena de 10 meses de prisión efectiva.
Accionar policial tras denuncia por violencia doméstica culmina con condena
- Actuaciones de Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y Género de Tacuarembó culminaron con la condena de un hombre por violencia doméstica.
Una mujer realizó denuncia hacia su pareja por haberla agredido verbal y físicamente, hecho ocurrido el 14 de enero del presente año.
Puesto el caso en conocimiento de Fiscalía de 2º turno y Juzgado Letrado de 1º turno se dispusieron medidas de prohibición de acercamiento por un plazo de 180 días, entre otras.
Posteriormente, el 21 de enero la Sede competente dispuso la formalización de la investigación respecto del hombre de 56 años, disponiéndose como medida cautelar el arresto domiciliario total por el plazo de 120 días.
Finalmente, celebrada audiencia el Juzgado Letrado de Primera Instancia de 1º Turno dispuso la condena del hombre de 56 años, como autor penalmente responsable de “un delito de violencia doméstica agravada en calidad de autor” a cumplir la pena de 10 meses de prisión, la que se cumplirá de la siguiente manera: los primeros 3 meses y 17 días prisión efectiva, el plazo restante deberá cumplir con algunas obligaciones como ser, fijar domicilio, sujeción a la orientación y vigilancia permanente de la Dirección Nacional de Medidas Alternativas (Dinama), presentación una vez por semana a la seccional de su domicilio y prestación de servicios comunitarios, prohibición de comunicación y acercamiento hacia la víctima, colocación de dispositivo electrónico (tobillera).
Asimismo, se le impuso una sanción pecuniaria al condenado, por concepto de reparación patrimonial a la víctima correspondientes a 12 salarios mínimos.
fuente Jefatura de tacuarembo




