Así lo estableció una resolución de la Junta de Transparencia y Ética Pública en referencia a la actuación de la titular de Economía en la anterior administración
La exministra de Economía Azucena Arbeleche, habría violentado normas de conducta pública al firmar una exoneración tributaria que benefició a la empresa vinculada con su esposo.
Según se hizo trascender, así lo estableció una resolución de la Junta de Transparencia y Ética Pública en referencia a la actuación de la titular de Economía en la anterior administración, al otorgar beneficios a la empresa Lanafil S.A, cuyo gerente general es su cónyuge.
Se asegura que la resolución del 26 de febrero, se adoptó por mayoría, pero las autoridades de la JUTEP señalaron a radio Montecarlo que aún no ha sido firmada y oficializada por el organismo.
Se recuerda que durante el gobierno de Luis Lacalle Pou, Arbeleche firmó, en agosto de 2022, una resolución que declaró «promovida» la actividad de un proyecto de inversión de casi $ 40 millones, presentado por la empresa ante la Comisión de Aplicación de la Ley de Inversiones (Comap).
Por ello, se exoneró a la empresa de “tasas y tributos a la importación”, entre otras tasas.
Entre los “considerandos” para resolver el caso, se tomó en cuenta que el 19 de marzo pasado se emitió un informe letrado el cual concluyó que Arbeleche “violentó” lo establecido en el Código de Ética en la función pública, que indica que si hubiera dudas de un conflicto entre el interés público y su interés personal, “el funcionario deberá informar de ello al superior para que este adopte la resolución que corresponda…».
También se valoró que la exministra no actuó acorde a lo dispuesto por la ley, por haber intervenido en la tramitación o resolución de asuntos que “impliquen un conflicto de interés” o “en relación a las actividades o entidades privadas a las que se encuentre vinculada profesional, laboral o familiarmente, de lo que puede derivarse un conflicto entre el interés público y el privado”, agregó.
Además consideró que la firma de la citada resolución “implica que ejerció su función con relación a una entidad privada a la que se encuentra vinculada familiarmente, lo que implica una violación de la prohibición expresa establecida por el artículo 31 de la ley 19.823”.
FUENTE RADIO MONTECARLO




